Campos adicionales factura electrónica sector salud

El Ministerio de Salud y Protección Social, ha emitido una serie de resoluciones las cuales adicionan 21 campos que deberán incluir los "Facturadores electrónicos del sector salud" en su factura electrónica de venta como parte sus responsabilidades.

En principio fue la resolución 084 de enero de 2021 la que generaba estos lineamientos, sin embargo esta fue derogada por la resolución 506 de abril de 2021, en la cual se establecen entre otras cosas: un nuevo plazo para implementar los cambios, nuevos obligados y redefinición de un par de campos adicionales. Aquí les describimos estos cambios:

El plazo máximo para incluir estos campos por parte del Facturador electrónico del sector salud es hasta el 31 de julio de 2021 según el artículo 1. 

Las entidades obligadas a incluir los campos adicionales según el Articulo 2 son:

  1. Presentadores de servicios de salud
  2. Los laboratorios de salud pública
  3. Los operadores logísticos y gestores farmacéuticos
  4. Las entidades que en el marco de sus funciones legales deban entregar los datos del registro individual de prestación de servicios de salud (RIPS) al sistema general de seguridad social en salud.
  5. Las entidades promotoras de salud (EPS)
  6. Las entidades adaptadas
  7. Las entidades territoriales
  8. Las administradoras de riesgos laborales (ARL) en el componente salud.
  9. Las compañías de seguros autorizadas para ofrecer pólizas del seguro obligatorio de accidentes de transito (SOAT)
  10. Las entidades que ofrecen planes voluntarios de salud.
  11. La administradora de los recursos del sistema general de seguridad social en salud (ADRES)

Los campos adicionales descritos en el el ANEXTO TÉCNICO de la misma resolución son:

  1. Código del prestador de servicios de salud.
  2. Tipo de documento de identificación del usuario.
  3. Numero de documento de identificación del usuario.
  4. Primer apellido del usuario.
  5. Segundo apellido del usuario.
  6. Primer nombre del usuario.
  7. Segundo nombre del usuario
  8. Tipo de usuario
  9. Modalidades de contratación y de pago
  10. Cobertura o plan de beneficios
  11. Número de autorización
  12. Número de mi prescripción (MIPRES)
  13. Número de id de mi prescripción (MIPRES)
  14. Número de contrato 
  15. Número de póliza
  16. Copago
  17. Cuota moderadora
  18. Cuota de recuperación
  19. Pagos compartidos en planes voluntarios de salud
  20. Fecha de inicio del periodo de facturación
  21. Fecha final del periodo de facturación

Por lo anterior es necesario iniciar el proceso de incluir estos campos para que se vean reflejados en el formato XML y en la representación gráfica de la factura de venta que se realiza desde proveedor tecnológico o software propio.

Dos datos adicionales importantes que presenta esta resolución en cuanto al tema de devoluciones y glosas que usualmente se presentan:
1- Las entidades responsables de pago y demás pagadores no podrán exigir campos de datos adicionales ni modificar los ya definidos en la presente resolución (parágrafo del artículo 5).
2- Cuando se presentan inconsistencias en los campos de datos del sector salud adicionales en el formato XML no serán causal de devolución, glosa o de no pago (Parágrafo 2, artículo 3).

DESCARGA AQUÍ LA RESOLUCIÓN COMPLETA: https://www.minsalud.gov.co/

CONTÁCTENOS: 
☎ 3003642067 
📧 Mail: ctprintasesores@gmail.com

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