Nuevo calendario facturación electrónica 2020

proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación.
Link de para descarga resolución: https://www.dian.gov.co/normatividad/resolucion.pdf

Los usuarios obligados a facturar electrónicamente son los siguientes:
  • Responsables de IVA y/o impuesto nacional al consumo
  • Persona natural con ingresos superiores a 3.500 UVT ($124.624.500) o menores a esos ingresos y que tengan más de un establecimiento de comercio o sean usuarios aduaneros o exploten intangibles.
  • Personas jurídicas.
  • Los tipógrafos y litógrafos que no sean responsables del impuesto sobre las ventas -IVA
  • Contribuyentes responsables de Régimen Simple de Tributación SIMPLE
Puede consultar el calendario de obligatoriedad de implementación según su actividad económica en el siguiente enlace: CALENDARIO EXCEL

Para facturar de forma electrónica se puede optar por desarrollar un software propio, adquirir un servicio de facturación electrónica a un Proveedor Tecnológico habilitado por la DIAN, o se ha dispuesto el servicio de Facturación Gratuita DIAN para todos los contribuyentes que lo requieran. El servicio incluye certificado de firma digital gratuito (hasta agotar existencias), este servicio permite facturar incluso desde su celular.

Si elige el servicio Facturación Gratuita DIAN, se encuentra disponible la “Guía de Facturación Gratuita DIAN” en el siguiente enlace:  GUIA FACTURACION. PDF al igual que la Guía para solicitar la firma digital gratuita: GUIA FIRMA DIGITAL.PDF


Recuerde señor contribuyente que una vez la persona inicie a facturar electrónicamente o lo haga de manera voluntaria, no podrá emitir facturas por otras modalidades, ya sea papel o computador.

Si necesita asesoría para realizar este proceso en su empresa, no dude en comunicarse con nosotros.

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